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Amparo por discapacidad: cobertura de la Ley 24.901

La Ley 24.901 establece un sistema de prestaciones básicas para personas con discapacidad que obras sociales y prepagas deben cubrir. Aun así, las negativas y las demoras son de las más frecuentes.

Por Dra. Soledad González, abogada (UBA) · CPACF T° 110, F° 832 · Actualizado: noviembre de 2026

Dra. Soledad González, abogada de amparos de salud

Prestaciones que se reclaman

Con el Certificado Único de Discapacidad y la indicación del equipo tratante, la cobertura de las prestaciones previstas por la ley debe ser integral. Las respuestas del tipo "no está en cartilla" o "superaste el tope de sesiones" muchas veces se pueden discutir.

  • Terapias: fonoaudiología, psicopedagogía, TO, kinesiología
  • Estimulación temprana y tratamientos de rehabilitación
  • Maestra integradora, acompañante terapéutico y apoyo escolar
  • Transporte a terapias y escuela
  • Centros de día, hogares y escolaridad especial

Prestadores fuera de cartilla

Cuando el chico o la persona ya tiene un vínculo terapéutico con un profesional, cambiarlo puede afectar el tratamiento. Si la entidad no ofrece una alternativa adecuada, se puede pedir la cobertura del prestador elegido por la familia.

Renovaciones y demoras

Cada año hay que renovar las autorizaciones y muchas familias se quedan meses sin cobertura en el medio. Si la renovación no sale en tiempo, se puede reclamar para que el tratamiento no se interrumpa.

Preguntas frecuentes

¿Necesito el CUD para reclamar? +

El Certificado Único de Discapacidad es la base del reclamo por Ley 24.901. Si está en trámite o vencido, conviene consultarlo igual: hay situaciones que se pueden resolver mientras tanto.

¿La prepaga también tiene que cubrir la Ley 24.901? +

Sí. Las prestaciones de la ley alcanzan tanto a obras sociales como a empresas de medicina prepaga.

¿Qué pasa si la obra social paga un valor menor al que cobra el prestador? +

Es un reclamo habitual. Según el caso, se puede pedir la cobertura total de la prestación o el reintegro de la diferencia.

Contame tu caso y te digo si hay reclamo

La primera charla es para entender qué pasó y qué documentación tenés. Te respondo en el día, y en urgencias, a cualquier hora.

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Información general sobre derechos de los pacientes. Cada caso se analiza según su documentación y circunstancias; no se garantizan resultados.