Qué dice la ley
La Ley 26.682 de medicina prepaga establece que las enfermedades preexistentes no pueden ser motivo de rechazo de la afiliación. Lo que se puede discutir es el valor de la cuota diferencial, que tiene que estar autorizado y ser razonable.
- Rechazo por enfermedad previa
- Rechazo de monotributistas
- Cuotas diferenciales excesivas
- Exclusión de coberturas por la preexistencia
Si te rechazaron, pedilo por escrito
Muchas veces el rechazo es verbal o por teléfono. Pedí que te lo den por mail o nota, o guardá constancia del pedido de afiliación y de la falta de respuesta. Es lo que después permite demostrar la negativa.
Monotributistas
Quien paga el monotributo tiene derecho a elegir obra social y derivar sus aportes. Cuando la entidad rechaza la opción o demora el alta sin motivo, se puede reclamar para que la cobertura empiece a correr.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden cobrar más por tener una preexistencia? +
Puede existir una cuota diferencial, pero tiene que estar autorizada y no puede ser un rechazo encubierto. Si el valor es desproporcionado, se analiza el reclamo.
¿Cuánto tarda en darse el alta como monotributista? +
Depende del trámite de opción. Si la obra social rechaza o demora el alta sin fundamento, se puede reclamar.
Contame tu caso y te digo si hay reclamo
La primera charla es para entender qué pasó y qué documentación tenés. Te respondo en el día, y en urgencias, a cualquier hora.
Escribir por WhatsAppInformación general sobre derechos de los pacientes. Cada caso se analiza según su documentación y circunstancias; no se garantizan resultados.